Medidas de prevención obligatoria para Casanare

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La Administración Departamental da continuidad a la medida de aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el Departamento, a partir de las cero horas del 01 de agosto hasta las cero horas del 01 de septiembre.

 

Se autoriza la circulación de personas en el marco de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, únicamente bajo las 46 excepciones contenidas en el Decreto 182 del 31 de julio de 2020, en aras de garantizar el derecho a la vida y la salud.

Dentro de las medidas adoptadas en el acto administrativo, se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio. Además, se da continuidad al toque de queda, todos los días, a partir de las 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, el mismo periodo de tiempo.

Todas las medidas contempladas en el Decreto son de obligatorio cumplimiento, la inobservancia de las mismas dará lugar a sanciones establecidas en el Código Penal y multas previstas en el Decreto 780 de 2016.

Aquí el Decreto 182 del 31 de julio de 2020.

 

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